El periódico español La Tribuna de Albacete destaca el evento de presentación del libro “Violencia Intrafamiliar Rompiendo El Silencio”, de la autora Roberta LÍDICE.
“El Ateneo Albacetense acogió, en su salón de actos, la presentación del libro Violencia Intrafamiliar: Rompiendo El Silencio, de Roberta LÍDICE. La autora expuso los pormenores de su obra, que plantea demostrar la importancia de implementar políticas públicas en lo que se refiere al combate a la violencia intrafamiliar contra las mujeres, los ancianos, los niños y los adolescentes, en vista del escenario actual brasileño, así como de otros países de América Latina.” – (*La Tribuna de Albacete – España).
Cabe señalar que, el acto de apertura de dicho evento estuvo a cargo del ilustre Dr. Don Tomás Mancebo, Presidente del centro cultural Ateneo Albacetense.
El 14 de marzo, Albacete, Castilla-La Macha, España | ATENEO ALBACETENSE
.Maltrato Familiar y Discriminación Múltiple – un enfoque humanista de mujeres ancianas, discapacitadas, indígenas, niñas y adolescentes;
.El Papel de Estado frente a la Lucha Contra la Violencia Doméstica e Intrafamiliar Hacia la Mujer – La importancia de la aplicación de buenas prácticas jurídicas y sociales en las políticas públicas;
.O Contrato de Adesão como Instrumento Regulatório nas Relações Consumeristas e Empresariais (primera y segunda edición);
.La Función Social de la Defensoría del Pueblo y el Canal de Denuncias – Una cuestión de ciudadanía;
.Violencia Contra La Mujer y Maltrato Familiar;
.Políticas Públicas Para Enfrentar la Violencia Doméstica y Familiar: Un Deber del Estado;
.Violencia Intrafamiliar: Rompiendo El Silencio;
.El Contrato de Adhesión – Latinoamérica.
*CRUE – Universidades Españolas. Red de Bibliotecas REBIUN:
Doctora en Derecho por la Universidad de Salamanca (USAL) – España, habiendo obtenido la calificación de «Sobresaliente Cum Laude». Investigadora y Consultora Jurídica, actuante en el ámbito del Derecho Público y Empresarial (de forma preventiva y consultiva), con énfasis en el ejercicio de la actividad de Defensoría del Pueblo y Participación Social, y en la implementación y gestión de procesos del Canal de Denuncias e Investigación. Autora y coautora de libros y artículos jurídicos y sociales.
“La acción es el camino para que pueda lograr sus metas. Así que, el reconocimiento de su esfuerzo y de la labor que se ha desarrollado, no tiene precio, pero sí valor…” (ROBERTA LÍDICE).
Roberta Lídice Consultoria Jurídica, Pesquisa e Desenvolvimento | Research and Development/Investigación y Desarrollo
.Maltrato Familiar y Discriminación Múltiple – un enfoque humanista de mujeres ancianas, discapacitadas, indígenas, niñas y adolescentes;
.El Papel de Estado frente a la Lucha Contra la Violencia Doméstica e Intrafamiliar Hacia la Mujer – La importancia de la aplicación de buenas prácticas jurídicas y sociales en las políticas públicas;
.O Contrato de Adesão como Instrumento Regulatório nas Relações Consumeristas e Empresariais (primera y segunda edición);
.La Función Social de la Defensoría del Pueblo y el Canal de Denuncias – Una cuestión de ciudadanía;
.Violencia Contra La Mujer y Maltrato Familiar;
.Políticas Públicas Para Enfrentar la Violencia Doméstica y Familiar: Un Deber del Estado;
.Violencia Intrafamiliar: Rompiendo El Silencio;
.El Contrato de Adhesión – Latinoamérica.
*CRUE – Universidades Españolas. Red de Bibliotecas REBIUN:
Doctora en Derecho por la Universidad de Salamanca (USAL) – España, habiendo obtenido la calificación de «Sobresaliente Cum Laude». Investigadora y Consultora Jurídica, actuante en el ámbito del Derecho Público y Empresarial (de forma preventiva y consultiva), con énfasis en el ejercicio de la actividad de Defensoría del Pueblo y Participación Social, y en la implementación y gestión de procesos del Canal de Denuncias e Investigación. Autora y coautora de libros y artículos jurídicos y sociales.
“La acción es el camino para que pueda lograr sus metas. Así que, el reconocimiento de su esfuerzo y de la labor que se ha desarrollado, no tiene precio, pero sí valor…” (ROBERTA LÍDICE).
Roberta Lídice Consultoria Jurídica, Pesquisa e Desenvolvimento | Research and Development/Investigación y Desarrollo
Artigo: “Denunciar a violência é lícito: falsa imputação é crime”
Autora: Dra. Roberta LÍDICE [¹]
Elaborado e publicado em: jun/.
A violência doméstica é um grande mal que assola as famílias brasileiras, mas para combatê-la é preciso que uma sociedade tenha consciência crítica, ciência de seus direitos e deveres, bem como senso de justiça, a fim de não prejudicar a outrem.
A violência doméstica é um grande mal que assola as famílias brasileiras, mas para combatê-la é preciso que uma sociedade tenha consciência crítica, ciência de seus direitos e deveres, bem como senso de justiça, a fim de não prejudicar a outrem, com intuito de fazer prevalecer interesses escusos.
Nesse sentido, ressalta-se que homens e mulheres são importantes para a construção de uma sociedade e a luta pela igualdade de gênero, não requer a exaltação de um em detrimento de outro, uma vez que seria no mínimo contraditório, sendo a defesa da causa por isonomia de direitos, já garantidos por nossa Carta Magna.
Cumpre destacar que o indivíduo que faz acusação falsa contra outrem pode ser responsabilizado judicialmente no âmbito criminal e civil. Sendo assim, no âmbito criminal, temos a “Denunciação Caluniosa” que consiste em dar causa à instauração de investigação policial – direta ou indiretamente -, processo judicial, investigação administrativa, inquérito civil ou ação de improbidade administrativa contra alguém, imputando-lhe crime de que o sabe ser inocente, conforme preceitua o artigo 339 do Código Penal Brasileiro. A punição para este crime é de reclusão de dois a oito anos e multa. Já no que tange o âmbito civil, existe a responsabilização pelo dano para o falso acusador, podendo gerar pagamento de indenização por perdas e danos ao ofendido.
Não obstante, constata-se que, lamentavelmente, esta conduta delitiva é utilizada por algumas mulheres, como forma de tentar prejudicar seus companheiros. Entretanto, se buscamos a igualdade de gênero e a erradicação da violência, seja esta: física, psicológica, sexual, patrimonial ou moral, devemos ter dignidade, perante qualquer situação e não usar de falsa acusação, com intuito de manter um homem ao nosso lado, ou seja, o direito de escolha deve ser de todos.
Por fim, vale destacar que o homem é importante na vida de uma mulher, sendo este na figura de parceiro, amigo, pai ou irmão. Sendo assim, devemos contribuir com nossa sociedade como agentes de mudança, denunciando crimes de forma responsável, sem prejudicar o bom andamento da Justiça.
Que o Respeito, a Dignidade e a Justiça, façam parte de nossas vidas, para que possamos acreditar que, um dia, a luta pela igualdade de gênero seja desnecessária.
*ROBERTA LÍDICE: Doutora em Direito pela Universidade de Salamanca (USAL) – Espanha. Professora-Pesquisadora e Consultora Jurídica, atuante no âmbito do Direito Público e Empresarial (de forma preventiva e consultiva), com ênfase no exercício da atividade de Ouvidoria e Participação Social, e na implementação e gestão de processos do Canal de Denúncias e Investigação. *Autora e coautora de livros e artigos jurídicos e sociais.
*Revista Jurídica: órgão nacional de doutrina, jurisprudência, legislação e crítica judiciária, edição 544/f2023
Nesta edição, para compor a Seção Doutrina Direito Penal e Processual Penal, foi publicado o texto de autoria da Dra. Roberta LÍDICE, intitulado:
“POLÍTICAS PÚBLICAS Y LEY MARIA DA PENHA COMO INSTRUMENTOS EFECTIVOS PARA ENFRENTAR LA VIOLENCIA DOMÉSTICA E INTRAFAMILIAR: GÉNERO Y ACCESO A LA JUSTICIA EN AMÉRICA LATINA”[¹]
PUBLIC POLICIES AND THE MARIA DA PENHA LAW AS EFFECTIVE INSTRUMENTS TO FACE DOMESTIC AND INTRAFAMILIAR VIOLENCE: GENDER AND ACCESS TO JUSTICE IN LATIN AMERICA
“En este artículo se pretende proponer una discusión del alcance del Derecho en el tema de las Políticas Públicas y la Ley Maria da Penha como instrumentos efectivos para el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia de género en el ámbito de las relaciones familiares, domésticas o íntimas de afecto, acudiendo las Reglas de Brasilia sobre el Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad (XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, 2008).
Dentro de este problema, importa destacar la necesidad de enfrentar este flagelo social que aún subsiste en nuestra sociedad, poniendo especial atención a las implicaciones en el escenario actual Latinoamericano. Por otra parte, será analizada la efectividad de la Ley Maria da Penha (Ley Nº 11.340/2006), dictada en Brasil, la cual es considerada una de las mejores leyes sobre violencia doméstica en América Latina, siendo esta reconocida ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) como un importante instrumento para hacer frente a la violencia contra las mujeres y el maltrato familiar.
Cumple mencionar que a violencia doméstica e intrafamiliar es considerada una violencia de género, una vez que se basa en las desigualdades de poder entre hombres y mujeres, contribuyendo a perpetuar la discriminación, opresión y el maltrato perpetrados en el entorno familiar, haciéndose urgente una sanción efectiva por parte de los Gobiernos, a fin de que por medio de políticas públicas sea posible prevenir y eliminar este tipo de violencia, lo que resulta evidente que esta causa no es contra el hombre, sino contra los agresores.
Así pues, cabe señalar que, por medio de la diseminación del conocimiento, basado en los tratados y convenciones firmados entre los países Estados miembros, es posible luchar por la concienciación, prevención y erradicación de cualquier violación de los derechos humanos y garantías fundamentales, de acuerdo a lo establecido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, y sobre todo facilitando el acceso a justicia a todos los ciudadanos, siendo imprescindible una toma de conciencia social de la gravedad de la violencia practicada en el ámbito familiar, señalando el deber del Estado de promover medidas adecuadas y urgentes para poner fin a este fenómeno delictivo que constituye un problema crónico de salud pública global.” (LÍDICE, 2023, p. 59-60).
[1] LÍDICE, Roberta. “Políticas Públicas y Ley Maria da Penha como instrumentos efectivos para enfrentar la violencia doméstica e intrafamiliar: género y acceso a la justicia en América Latina”. In: Revista Jurídica: órgão nacional de doutrina, jurisprudência, legislação e crítica judiciária, v.73, n. 544. São Paulo: Editorial IOB-SAGE, fev. 2023, p. 57-85. ISSN 0103-3379.
*ROBERTA LÍDICE: Doutora em Direito pela Universidade de Salamanca (USAL) – Espanha. Professora-Pesquisadora e Consultora Jurídica, atuante no âmbito do Direito Público e Empresarial (de forma preventiva e consultiva), com ênfase no exercício da atividade de Ouvidoria e Participação Social, e na implementação e gestão de processos do Canal de Denúncias e Investigação. *Autora e coautora de livros e artigos jurídicos e sociais.
***
A Revista SÍNTESE – IOB possui um conceituado conselho editorial e constitui-se em uma referência para o estudo, bem como ao aprofundamento dos temas relevantes das diversas áreas do Direito.
*Revista Jurídica: órgão nacional de doutrina, jurisprudência, legislação e crítica judiciária, edição 544/fev.2023
Nesta edição, para compor a Seção Doutrina Direito Penal e Processual Penal, foi publicado o texto de autoria da Dra. Roberta LÍDICE, intitulado:
“POLÍTICAS PÚBLICAS Y LEY MARIA DA PENHA COMO INSTRUMENTOS EFECTIVOS PARA ENFRENTAR LA VIOLENCIA DOMÉSTICA E INTRAFAMILIAR: GÉNERO Y ACCESO A LA JUSTICIA EN AMÉRICA LATINA”[¹]
PUBLIC POLICIES AND THE MARIA DA PENHA LAW AS EFFECTIVE INSTRUMENTS TO FACE DOMESTIC AND INTRAFAMILIAR VIOLENCE: GENDER AND ACCESS TO JUSTICE IN LATIN AMERICA
“En este artículo se pretende proponer una discusión del alcance del Derecho en el tema de las Políticas Públicas y la Ley Maria da Penha como instrumentos efectivos para el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia de género en el ámbito de las relaciones familiares, domésticas o íntimas de afecto, acudiendo las Reglas de Brasilia sobre el Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad (XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, 2008).
Dentro de este problema, importa destacar la necesidad de enfrentar este flagelo social que aún subsiste en nuestra sociedad, poniendo especial atención a las implicaciones en el escenario actual Latinoamericano. Por otra parte, será analizada la efectividad de la Ley Maria da Penha (Ley Nº 11.340/2006), dictada en Brasil, la cual es considerada una de las mejores leyes sobre violencia doméstica en América Latina, siendo esta reconocida ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) como un importante instrumento para hacer frente a la violencia contra las mujeres y el maltrato familiar.
Cumple mencionar que a violencia doméstica e intrafamiliar es considerada una violencia de género, una vez que se basa en las desigualdades de poder entre hombres y mujeres, contribuyendo a perpetuar la discriminación, opresión y el maltrato perpetrados en el entorno familiar, haciéndose urgente una sanción efectiva por parte de los Gobiernos, a fin de que por medio de políticas públicas sea posible prevenir y eliminar este tipo de violencia, lo que resulta evidente que esta causa no es contra el hombre, sino contra los agresores.
Así pues, cabe señalar que, por medio de la diseminación del conocimiento, basado en los tratados y convenciones firmados entre los países Estados miembros, es posible luchar por la concienciación, prevención y erradicación de cualquier violación de los derechos humanos y garantías fundamentales, de acuerdo a lo establecido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, y sobre todo facilitando el acceso a justicia a todos los ciudadanos, siendo imprescindible una toma de conciencia social de la gravedad de la violencia practicada en el ámbito familiar, señalando el deber del Estado de promover medidas adecuadas y urgentes para poner fin a este fenómeno delictivo que constituye un problema crónico de salud pública global.” (LÍDICE, 2023, p. 59-60).
[1] LÍDICE, Roberta. “Políticas Públicas y Ley Maria da Penha como instrumentos efectivos para enfrentar la violencia doméstica e intrafamiliar: género y acceso a la justicia en América Latina”. In: Revista Jurídica: órgão nacional de doutrina, jurisprudência, legislação e crítica judiciária, v.73, n. 544. São Paulo: Editorial IOB-SAGE, fev. 2023, p. 57-85. ISSN 0103-3379.
*ROBERTA LÍDICE: Doutora em Direito pela Universidade de Salamanca (USAL) – Espanha. Professora-Pesquisadora e Consultora Jurídica, atuante no âmbito do Direito Público e Empresarial (de forma preventiva e consultiva), com ênfase no exercício da atividade de Ouvidoria e Participação Social, e na implementação e gestão de processos do Canal de Denúncias e Investigação. *Autora e coautora de livros e artigos jurídicos e sociais.
***
A Revista SÍNTESE – IOB possui um conceituado conselho editorial e constitui-se em uma referência para o estudo, bem como ao aprofundamento dos temas relevantes das diversas áreas do Direito.
Les informamos que la prestigiosa Biblioteca del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) – España, recientemente ha incorporado a su importante catálogo el Libro «El Papel del Estado frente a la Lucha Contra la Violencia Doméstica e Intrafamiliar Hacia la Mujer» – La importancia de la aplicación de buenas prácticas jurídicas y sociales en las políticas públicas, de la autora Roberta LÍDICE.
*Disponible en la Librería Bosch (Barcelona), así como en las principales librerías de España, entre otros países, con envíos a todo el Extranjero.
*BOOK DETAILS
Book: El Papel del Estado frente a la Lucha Contra la Violencia Doméstica e Intrafamiliar Hacia la Mujer – La importancia de la aplicación de buenas prácticas jurídicas y sociales en las políticas públicas.
Author:Roberta LÍDICE
Publisher: J.M. Bosch Editor
Publication City/Country Barcelona, Spain
Language: Spanish
Edition Year: 2022
ISBN paperback: 9788419045287
ISBN digital: 9788419045294
Prologue:Prof.ª Dra. María Mercedes Iglesias Bárez, Profesora de la Universidad de Salamanca (USAL).
*Sinopsis: Este libro pretende sensibilizar e invitar al lector a reflexionar sobre el crítico y complejo problema social que significa la violencia doméstica e intrafamiliar hacia la mujer por razón de género, así como se enfatiza la obligación del Estado de actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar, sancionar, juzgar y ofrecer reparación integral frente a los actos de violencia, abuso y discriminación practicados contra las mujeres en el seno de la familia, no solamente basado en género, sino también a múltiples factores que se sustentan en las persistentes desigualdades históricas y estructurales existentes en nuestra sociedad y en las comunidades.
Asimismo, se señala la importancia de implementar políticas públicas de protección adecuadas, dignas y efectivas, que respondan al reclamo de la población femenina, postulando así la urgencia de un cambio de conciencia social para hacer frente a este fenómeno persistente, generalizado e inaceptable, que aqueja diariamente a millares de hogares en todo el mundo, independientemente de la cultura, religión, etnias o razas, clases sociales, niveles de educación o edad.
En este contexto, vale recalcar el aumento exponencial de la violencia hacia las mujeres perpetrada en el ámbito de las relaciones domésticas, familiares o íntimas de afecto, debido a la pandemia de COVID-19. A este respecto, el Secretario General de las Naciones Unidas ha instado a todos los países que adopten medidas contra el estremecedor repunte de la violencia doméstica a raíz del confinamiento y aislamiento global, con el fin de combatir la pandemia por COVID-19 y sus efectos en la sociedad.
De ahí se infiere con mayor claridad que, la violencia doméstica e intrafamiliar hacia la mujer por razón de género no se trata de un problema privado, pero, sí es eso, una cuestión de orden público y una grave violación a los derechos humanos y libertades fundamentales, que afecta de manera desproporcionada a este colectivo especialmente vulnerable. Además, conviene advertir que, incluso antes de instaurada la actual situación de pandemia, las cifras mundiales con relación a esta modalidad delictiva eran realmente muy alarmantes.
Es más, la violencia practicada contra las mujeres sigue siendo una gran amenaza para la salud pública mundial frente a la situación actual de pandemia, lo que ha incrementado los casos de violencia doméstica e intrafamiliar contra la mujer perpetrada por compañeros íntimos. De eso se desprende la necesidad de poner en marcha medidas urgentes de lucha contra la violencia infligida hacia la mujer en tiempos de pandemia, incluyendo los planes de preparación y respuesta, para así proporcionar un acceso asequible e igualitario a los servicios esenciales en el sector de atención sanitaria, servicios sociales, y los sectores policial y judicial, los que pueden mitigar de manera significativa las consecuencias que tiene este tipo delictivo sobre la integridad física, psíquica y moral de las víctimas.
Para obtener más información, por favor consulte los siguientes enlaces:
“Recusar à mulher a igualdade de direitos em virtude do sexo é denegar justiça a metade da população”[¹] (BERTHA LUTZ, 1894-1976).
______
[1] Bertha Maria Júlia Lutz é conhecida como a maior líder na luta pelos direitos políticos das mulheres brasileiras. Ela se empenhou pela aprovação da legislação que outorgou o direito às mulheres de votar e de serem votadas. Nascida em São Paulo, no dia 2 de agosto de 1894, filha da enfermeira inglesa Amy Fowler e do cientista e pioneiro da Medicina Tropical Adolfo Lutz, Bertha foi educada na Europa, formou-se em Biologia pela Sorbonne e tomou contato com a campanha sufragista inglesa. Voltou ao Brasil em 1918 e ingressou por concurso público como bióloga no Museu Nacional, sendo a segunda mulher a entrar no serviço público brasileiro. Ao lado de outras pioneiras, empenhou-se na luta pelo voto feminino e criou, em 1919, a Liga para a Emancipação Intelectual da Mulher, que foi o embrião da Federação Brasileira pelo Progresso Feminino (FBPF). Com o regime do Estado Novo implantado em 1937 e o fechamento das casas legislativas, Bertha permaneceu ocupando importantes cargos públicos, entre os quais a chefia do setor de Botânica do Museu Nacional, cargo no qual se aposentou em 1964. No ano de 1975, Ano Internacional da Mulher, estabelecido pela ONU, Bertha foi convidada pelo governo brasileiro a integrar a delegação do país no primeiro Congresso Internacional da Mulher, realizado na capital do México. Foi seu último ato público em defesa da condição feminina. Bertha Lutz faleceu no Rio de Janeiro em 16 de setembro de 1976, aos 84 anos. (Agência Senado. Bertha Lutz. Brasília: Senado Federal, outubro de 2015. [Consulta: 03.03.2023]. Disponível em: https://www12.senado.leg.br/noticias/entenda-o-assunto/bertha-lutz
Feliz Dia Internacional da Mulher!/Happy International Women’s Day!
Roberta LÍDICE
*ROBERTA LÍDICE: Doutora em Direito pela Universidade de Salamanca (USAL) – Espanha. Professora-Pesquisadora e Consultora Jurídica, atuante no âmbito do Direito Público e Empresarial (de forma preventiva e consultiva), com ênfase no exercício da atividade de Ouvidoria e Participação Social, e na implementação e gestão de processos do Canal de Denúncias e Investigação. *Autora e coautora de livros e artigos jurídicos e sociais.
*Revista Jurídica: órgão nacional de doutrina, jurisprudência, legislação e crítica judiciária, edição 544/fev.2023
Caros leitores,
A Revista Jurídica SÍNTESE, edição 544/2023, já está disponível aos assinantes dos produtos IOB-SÍNTESE – Editorial SAGE.
Nesta edição, para compor a Seção Doutrina Direito Penal e Processual Penal, foi publicado o texto de autoria da Dra. Roberta LÍDICE, intitulado:
“POLÍTICAS PÚBLICAS Y LEY MARIA DA PENHA COMO INSTRUMENTOS EFECTIVOS PARA ENFRENTAR LA VIOLENCIA DOMÉSTICA E INTRAFAMILIAR: GÉNERO Y ACCESO A LA JUSTICIA EN AMÉRICA LATINA”[¹]
PUBLIC POLICIES AND THE MARIA DA PENHA LAW AS EFFECTIVE INSTRUMENTS TO FACE DOMESTIC AND INTRAFAMILIAR VIOLENCE: GENDER AND ACCESS TO JUSTICE IN LATIN AMERICA
“En este artículo se pretende proponer una discusión del alcance del Derecho en el tema de las Políticas Públicas y la Ley Maria da Penha como instrumentos efectivos para el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia de género en el ámbito de las relaciones familiares, domésticas o íntimas de afecto, acudiendo las Reglas de Brasilia sobre el Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad (XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, 2008).
Dentro de este problema, importa destacar la necesidad de enfrentar este flagelo social que aún subsiste en nuestra sociedad, poniendo especial atención a las implicaciones en el escenario actual Latinoamericano. Por otra parte, será analizada la efectividad de la Ley Maria da Penha (Ley Nº 11.340/2006), dictada en Brasil, la cual es considerada una de las mejores leyes sobre violencia doméstica en América Latina, siendo esta reconocida ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) como un importante instrumento para hacer frente a la violencia contra las mujeres y el maltrato familiar.
Cumple mencionar que a violencia doméstica e intrafamiliar es considerada una violencia de género, una vez que se basa en las desigualdades de poder entre hombres y mujeres, contribuyendo a perpetuar la discriminación, opresión y el maltrato perpetrados en el entorno familiar, haciéndose urgente una sanción efectiva por parte de los Gobiernos, a fin de que por medio de políticas públicas sea posible prevenir y eliminar este tipo de violencia, lo que resulta evidente que esta causa no es contra el hombre, sino contra los agresores.
Así pues, cabe señalar que, por medio de la diseminación del conocimiento, basado en los tratados y convenciones firmados entre los países Estados miembros, es posible luchar por la concienciación, prevención y erradicación de cualquier violación de los derechos humanos y garantías fundamentales, de acuerdo a lo establecido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, y sobre todo facilitando el acceso a justicia a todos los ciudadanos, siendo imprescindible una toma de conciencia social de la gravedad de la violencia practicada en el ámbito familiar, señalando el deber del Estado de promover medidas adecuadas y urgentes para poner fin a este fenómeno delictivo que constituye un problema crónico de salud pública global.” (LÍDICE, 2023, p. 59-60).
[1] LÍDICE, Roberta. “Políticas Públicas y Ley Maria da Penha como instrumentos efectivos para enfrentar la violencia doméstica e intrafamiliar: género y acceso a la justicia en América Latina”. In: Revista Jurídica: órgão nacional de doutrina, jurisprudência, legislação e crítica judiciária, v.73, n. 544. São Paulo: Editorial IOB-SAGE, fev. 2023, p. 57-85. ISSN 0103-3379.
*ROBERTA LÍDICE: Doutora em Direito pela Universidade de Salamanca (USAL) – Espanha. Professora-Pesquisadora e Consultora Jurídica, atuante no âmbito do Direito Público e Empresarial (de forma preventiva e consultiva), com ênfase no exercício da atividade de Ouvidoria e Participação Social, e na implementação e gestão de processos do Canal de Denúncias e Investigação. *Autora e coautora de livros e artigos jurídicos e sociais.
***
A Revista SÍNTESE – IOB possui um conceituado conselho editorial e constitui-se em uma referência para o estudo, bem como ao aprofundamento dos temas relevantes das diversas áreas do Direito.
*Revista Jurídica: órgão nacional de doutrina, jurisprudência, legislação e crítica judiciária, edição 543/jan. 2023
Caros leitores,
A Revista Jurídica SÍNTESE, edição 543/2023, já está disponível aos assinantes dos produtos IOB-SÍNTESE – Editorial SAGE.
Nesta edição, para compor a Seção Doutrina Direito Penal e Processual Penal, foi publicado o texto de autoria da Dra. Roberta LÍDICE, intitulado:
“Del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos en materia de Violencia Doméstica e Intrafamiliar Hacia las Mujeres con Discapacidad: una cuestión urgente y generalizada”[¹]
Do Sistema Interamericano de Proteção dos Direitos Humanos em matéria de Violência Doméstica e Intrafamiliar contra as Mulheres com Deficiência: uma questão urgente e generalizada.
“Como es sabido, no existe justificación para admitir o tolerar cualquier forma de violencia contra la mujer ejercida tanto en el ámbito público como en el privado, ya sea basada en género, edad, origen étnico, discapacidad o de cualquier otra índole.
En este patrón vejatorio de conductas socioculturales a que obedece la discriminación, cabe señalar que las mujeres con discapacidad suelen experimentar un doble prejuicio, por su condición de mujer y discapacitada. Por otro lado, los factores discriminantes pueden convertirse en múltiples cuando actúan en conjunto con otros dispositivos de opresión, los cuales han aumentado considerablemente la vulnerabilidad de este colectivo, como indica de manera acertada MORCILLO MORENO[²].
Si es así, entonces, resulta evidente que las mujeres con discapacidad enfrentan muchas dificultades y obstáculos para acceder el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales, razón por la cual este colectivo particularmente vulnerable está expuesto a mayores condiciones de riesgos a su integridad personal y a las situaciones de violencia invisible[³], que incluye los actos de violencia sexual, física y emocional cometidos en el hogar, y que pueden ser perpetrados por cualquier miembro de la familia. Además, en el momento de verbalizar o denunciar la situación de violencia, la mujer discapacitada se ve mayoritariamente discriminada dentro de su entorno, principalmente ante las agresiones sexuales sufridas[4].” (LÍDICE, 2023, p. 39-49).
[1] LÍDICE, Roberta. “Del sistema interamericano de protección de los derechos humanos en materia de violencia doméstica e intrafamiliar hacia las mujeres con discapacidad: una cuestión urgente y generalizada” = Do sistema interamericano de proteção dos direitos humanos em matéria de violência doméstica e intrafamiliar contra as mulheres com deficiência: uma questão urgente e generalizada. In: Revista Jurídica: órgão nacional de doutrina, jurisprudência, legislação e crítica judiciária, v.73, n. 543. São Paulo: Editorial IOB-SAGE, jan. 2023, p. 39-49. ISSN 0103-3379.
[3] IGLESIAS PADRÓN, Marita. [et al.]. «Violencia y la mujer con discapacidad». En: Independent Living Institute. Estocolmo: Proyecto METIS, iniciativa DAPHNE de la Union Europea, 1998. Retrato de una mujer con discapacidad: «La discapacidad es un tema de relevancia social y sabemos que, día a día, crece el número de personas afectadas. En Europa, se calcula que el 10% de la población presenta algún tipo de discapacidad, algunos estudios internacionales (PNUD, 1992) consideran que en algunos países en desarrollo, la población discapacitada alcanza el 20%, pero –aún con este número tan significativo– este grupo de personas, en muchos ámbitos, es tratado como un colectivo de ciudadanos invisibles. Al referirnos a las mujeres, posiblemente nos encontremos todavía ante una situación de “invisibilidad” más acusada, aunque en el mundo existan alrededor de 250 millones de mujeres con algún tipo de discapacidad». Estocolmo: [Consulta: 18.10.2020]. Disponible en:<https://www.independentliving.org/docs1/iglesiasetal1998sp.html>.
[4] HERNÁNDEZ FLORES, Priscila. Mujeres con discapacidad y violencia sexual. Un problema invisibilizado. En: NEXOS: (Dis)capacidades. México, D.F: 7 de marzo de 2018. [Consulta: 18.10.2020]. Disponible en:< https://discapacidades.nexos.com.mx/?p=219>.
*ROBERTA LÍDICE: Doutora em Direito pela Universidade de Salamanca (USAL) – Espanha. Professora-Pesquisadora e Consultora Jurídica, atuante no âmbito do Direito Público e Empresarial (de forma preventiva e consultiva), com ênfase no exercício da atividade de Ouvidoria e Participação Social, e na implementação e gestão de processos do Canal de Denúncias e Investigação. *Autora e coautora de livros e artigos jurídicos e sociais.
______
A Revista SÍNTESE – IOB possui um conceituado conselho editorial e constitui-se em uma referência para o estudo, bem como ao aprofundamento dos temas relevantes das diversas áreas do Direito.